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¿Sabe que a partir del ejercicio 2011 ha aumentado el importe neto de la cifra de negocios máximo que pueden tener las empresas para ser consideradas de reducida dimensión hasta 10 millones de euros y que se ha disminuido su tributación? Como novedad más importante, a partir del ejercicio 2011 ha sido reducido el tipo de gravamen de las empresas de reducida dimensión, quedando de la siguiente manera: Los primeros 300.000 € de base imponible tributarán al 25% (o incluso al 20% en el caso de que facturen menos de 5 millones de euros y mantengan empleo). Hasta 2010 este tipo reducido se aplicaba sólo a los primeros 120.020,41 €. El resto tributará al 30% como hasta ahora (o al 25% en el caso de empresas que apliquen el 20% sobre los primeros 300.000 € de beneficio.
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